El Gobierno nacional creó la plataforma digital del Estado Plurinacional de Bolivia, para que la población acceda a información pública, a servicios de las entidades e instituciones públicas, y realice trámites.
El marco normativo para la constitución de este espacio lo da el decreto supremo 5340, aprobado el miércoles en el gabinete de ministros presidido por el presidente Luis Arce.
“Con la finalidad de facilitar el acceso a la información pública, trámites y servicios de las entidades e instituciones públicas del Estado, el presente Decreto Supremo tiene por objeto crear la plataforma digital del Estado Plurinacional de Bolivia”, refiere el artículo 1 del decreto.
Su nombre será”gob.bo”, bajo el dominio web de www.gob.bo, y tendrá el objetivo de facilitar el acceso a la información pública, trámites y servicios de las entidades e instituciones públicas del Estado. La web será administrada por la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic).
La plataforma “gob.bo” estará conformada mínimamente por los siguientes componentes: a) portal de acceso a las páginas web institucionales; b) portal de Trámites del Estado; datos abiertos del Estado y observatorios de información.
Desde la publicación del decreto, que se efectuó el miércoles, la Agetic tiene 20 días para remitir al Ministerio de la Presidencia los lineamientos técnicos para el uso y funcionamiento de la plataforma “gob.bo”, en los que se incluirá el cronograma progresivo de implementación de las entidades o instituciones públicas.
El Ministerio de la Presidencia debe aprobar los lineamientos técnicos, a través de una Resolución Ministerial, en un plazo de hasta 20 días hábiles.
Emitida la Resolución Ministerial por el Ministerio de la Presidencia, el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional tendrá otros 20 días para aprobar los lineamientos de los contenidos mínimos de los portales y/o páginas web institucionales, mediante Resolución Ministerial, se lee en la disposición transitoria primera del decreto.
Aprobados los lineamientos de los contenidos mínimos, en un plazo de hasta 20 días hábiles, la Agetic implementará la plataforma “gob.bo”, habilitando los servicios y usuarios para las entidades o instituciones.
De la web participarán el Órgano Ejecutivo, a través de sus ministerios, entidades e instituciones bajo dependencia, tuición y sujeción, empresas públicas y sociedades comerciales donde el nivel central del Estado tiene participación mayoritaria, filiales y subsidiarias.
Los Órganos Legislativo, Judicial, Electoral y otras entidades públicas del nivel central del Estado, en el marco de la normativa vigente, podrán solicitar su inclusión en la plataforma “gob.bo”, al igual que las entidades territoriales autónomas.
Las entidades o instituciones que formarán parte de la plataforma “gob.bo” deben registrar, publicar y actualizar periódicamente la información de los componentes de dicha plataforma sobre la base a los lineamientos establecidos.
El Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, a través del Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción, será responsable del seguimiento al registro y actualización periódica de los contenidos mínimos de los portales y/o páginas web institucionales.
La norma aclara que en la web no se encontrará información relativa a la defensa nacional, seguridad del Estado o el ejercicio de facultades constitucionales por parte de los Órganos del Estado; los sujetos a reserva o los protegidos por los secretos comercial, bancario, industrial, tecnológico y financiero.
Fuente: ABI